Consulta al Abogado en Seguridad Social

lunes, 10 de mayo de 2010

 

 

AFILIACION AL SISTEMA DE SALUD

 

 

Para la afiliacion al Sistema hay dos (2) Subsistema, regimen contributivo y regimen Subsidiado.

 

CONTRIBUTIVO: A este regimen pertenecen las personas que tiene una relacion laboral en el sector Publico y Privado, trabajadores independiente

                        con capacidad de pago, pensionados, jubilados.

 

SUBSIDIADO: A este regimen pertenecen la poblacion de menores ingresos y sin capacidad de pago de los servicis de salud.

 

TRAMITE DE AFILIACION: En el regimen contributivo, para quienes tienen un relacion laboral o capacidad de pago en el sector Publico y Privado,   podran afiliarse a cualquier entidad promotora de salud (EPS).

 

En el regimen subsidiado, las mpeersona sin capacidad de pago y la poblacion que sze encuentra en zonas rurales y estos deberan buscar una entidad para inscribirse, sera una empresa promotora de salud o una empresa solidaria de salud o empresa social del Estado.

 

Las Entidades Promotoras de Salud expedira un carnet de afiliacion del regimen contributivo o subsidiado, el cual sera el numero de la cedula de ciudadania, el Ministerio de la Proteccion Social define las caracteristicas.

 

La afiliacion podra ser colectiva o individual a traves del empleador, el afiliado no perdera el Derecho a elegir o trasladarse entre Entidades Promotora de Salud.

 

La Superintendencia Nacional de Salud autoriza la afiliacion colectiva.

 

La afiliacion a la Emtidades Promotoras de Salud en el regimen contributivo es libre y voluntaria por afiliado.

 

Las persona vinculadas laboralmente informara al empleador por escrito la seleccion de la EPS, tambien lo hara al momento de trasladarse para que el empleador realice las cotizaciones.

 

Seleccionada la EPS el empleador cumplira con la obligacion de afiliarlo, el formulario debera ser original mas dos (2) copias, la original para la Empresa Promotora de Salud, otra para el empleador y otra para el afiliado.

Mientras dure la relacion laboral no se podra desafiliar al trabajador ni los beneficiarios del servicios de salud, la empresa promotora de salud cobrara al empleador las cotizaciones en mora con recargos y las sanciones del caso.

 

TIEMPO PARA TRASLADARME: El termino para realizar un traslado sera dos (2) años. Si deseo trasladarme se realizara ante la EPS que deseo pertenecer, la copia sera entregada al empleador.

La nueva EPS informara a la antigua el traslado respectivo.

 

 

 

 

 



Discover the new Windows Vista Learn more!

viernes, 7 de mayo de 2010

 

 

SISTEMA RIESGOS PROFESIONALES

 

 

Es un Sistema dirigido, controlado y vigilado por el Estado.

Todo los empleadores deben afiliarse al Sistema Riesgos Profesionales, el empleador que no afilie al trabajador sera responsables de la prestacion ademas de las sanciones. La cobertura inicia a partir del dia siguiente de la afiliacion.

 

 

 FINALIDAD: es prevenir,proteger y atender a los empleados de las enfermedades y accidentes que puedan sucer por su actividad laboral.

Ley 100 de 1993, decreto 1295 de 1994 y ley 776 de 2002.

 

El sistema empezo a regir a partir del primero (01) de Agosto de 1994 en el sector privado, para el sector Publico Nacional a partir del primero (01) de Enero de 1996 e igualmente para los servidores Publicos Departamental, Municipal y Distrital.

 

EMFERMEDAD PROFESIONAL: Estado patologico temporal o permanente que se cause como consecuencia obligada y directa del trabajo que desempeñe el empleado, y ademas donde haya sido obligado a trabajar.

 

ACCIDENTE DE TRABAJO: Hecho inesperado o repentino que se cause por la labor desempeñada, y ademas que cause una perturbacion, lesion, invalidez o la muerte.

 

QUIEN REALIZA LA CALIFICACION: La calificacion de la enfermedad profesional o del origen del accidente de trabajo lo realiza en primera instancia la EPS a la que se encuenttre afiliado.

 

La administradora de riesgos profesionales determina el Origen con el medico y la comision de la entidad.

 

AFILIACION APRENDICES: El aprendiz estara afiliado a Riesgos Profesionales por la ARP que tenga la empresa contratada, ademas estara cubierto en salud pagados por la Empresa.

 



Connect to the next generation of MSN Messenger  Get it now!

jueves, 6 de mayo de 2010

PENSION DE SOBREVIVIENTE

PENSION DE SOBREVIVIENTE

 

 

La Pension de sobreviviente es la que deja el afiliado a sus beneficiarios al fallecer,

 

La Pension para su reconocimiento tendra un termino de cuatro (04) meses, despues de

radicada la solicitud con todos sus documentos.

 

 

HAY DOS (02) CLASES:

 

La causada por el pensionado y por el fallecimiento del trabajador activo.

 

 

QUIENES PUEDEN RECIBIR LA PENSION DE SOBREVIVIENTE

 

 

1. Los miembros del afiliado o Pensionado:

-El pensionado o el trabajador activo al momento de fallecer dentro de los ultimos tres anteriores a la muerte

 tenga cotizado 50 semanas, el pocentaje de fidelidad fue declarado inexequible.

 

Si antes del fallecimiento el causante hubiere cotizado las semanas minima requeridas, los beneficiarios podran gestionar 

el Derecho a la Pension de sobreviviente.

 

BENEFICIARIOS:

 

En forma Vitalicia, el conyuge o la compañera permanente, y que a la fecha del fallecimiento tuviere 30 años o mas y acredite

que estuvo haciendo vida con el causante cinco (05) años o mas continuos.

 

2. En forma Temporal, el conyuge o la compañera  permanente, si tiene menos de 30 años y no haya dejado hijos con el causante

 la Pension se pagara por 20 años, y el beneficiario cotizara para obtener su propia Pension. Si el fallecido hubiere dejado hijos se aplicara

 la forma Vitalicia.

 

- Si el Pensionado al fallecer tuviere compañero o compañera permanente, con sociedad conyugal vigente, tendra Derecho a recibir dicha Pension

 en proporcion al tiempo al tiempo de convivencia.

 

- si existe convivencia simultanea en los ultimos cinco (05) años al fallecimiento, entre el conyuge y la compamñera permanente, la beneficiaria sera la esposa.

 

- Si no hay convivencia simultanea y existe la union conyugal con separacion de hecho, la compañera o aompañero reclamara parte de la vitalicia proporcional

 al tiempo de convivencia siempre que haya sido superior a cinco (05) años o mas.

 

3. Los hijos menores de 18 años y menores de 25 años, con incapacidad para laborar por motivo de sus estudios y dependia economicamente del  causante  tendra Derecho a la Pension, igual sucede con los hijos invalidos.

 

4. Si no existe conyuge, compañero o compañera permanente e hijos, el Derecho lo obtienen los padres del causante si dependia economicamente.

 

5. Si no existe conyuge, compañero o compañera permanente, padres e hijos, el beneficiario seran los hermanos invalidos si dependia economicamente con el

  causante.

 

 

 

 

 


Connect to the next generation of MSN Messenger  Get it now!

 

 

EL ESTADO ME FINANCIA LA PENSION MINIMA FONDO PRIVADO

 

 

Si los afiliados no alcanza a reunir el capital para Pensionarse la Nacion estudiara si cumple con  requisitos para

financiarla, esta garantia se cancelara a partir de la anualidad resultante del calculo de retiro programado, si es

menor a doce veces la pension minima, o la renta vitalicia  para contratar con el ahorro disponible sea minima a

la Pension minima Legal mensual Vigente.

 

El ministerio de hacienda y credito publico mediante resolucion, y consulta con la Superbancaria, para financiar la Pension Vitalicia minima

consultando las polizas de renta vitalicia, llamada saldo de Pension minima.



Get news, entertainment and everything you care about at Live.com. Check it out!

 

 

DEVOLUCION DEL CAPITAL ACUMULADO

 

 

En este regimen el afiliado que no reuna un capital necesario ni semanas para lograr  o financiar la Pension

por lo menos de un salario minimo, el afiliado podra solicitar la devolucion del capital ahorrado en su cuenta 

personal, aqui se incluye rendimientos y bono pensional si existe. 



Discover the new Windows Vista Learn more!

 

 

PENSION DE VEJEZ EN EL REGIMEN DE AHORRO INDIVIDUAL

 

 

 

Los afiliados al regimen de ahorro individual con solidaridad podran pensonarse a la edad de su preferencia si cumple

con un capital acumulado en su cuenta individual que logre la pension superior al 110% del SMLMV, segun IPC.

 

La Pension en este regimen depende del ahorro, rendimientos, las tasas de interes y la edad  a la cual desea Pensionarse.

 

Si el afiliado cumple con los requisitos para la Pension y siga cotizando estas seran cotizaciones adicionales, hasta los62 años 

en el caso de los hombres.

 

El afiliado  podra realizar aportes voluntarios adicionales para mejorar el monto de la Pension. 

 

 



Connect to the next generation of MSN Messenger  Get it now!

 

DESCUENTOS EN EL SECTOR SALUD

 

 

Los Pensionados  bajo el Regimen de Prima  media con Prestacion definida, los descuentos a salud

esta a cargo en su totalidad a los pensionados.

 

Los proximos a Pensionarse podra realizar aportes a salud complementaria en su relacion de trabajo.



Discover the new Windows Vista Learn more!

INDEMNIZACION SUSTITUTIVA SOBREVIVIENTE

 

 

Si el afiliado a la fecha del fallecimiento no cumpliere con los requisitos

exigidos para la pension de sobreviviente, los familiares recibiran una indemnizacion

equivalente a una indemnizacion Sustitutiva de Vejez.

 

 



Get news, entertainment and everything you care about at Live.com. Check it out!