Consulta al Abogado en Seguridad Social

lunes, 10 de mayo de 2010

 

 

AFILIACION AL SISTEMA DE SALUD

 

 

Para la afiliacion al Sistema hay dos (2) Subsistema, regimen contributivo y regimen Subsidiado.

 

CONTRIBUTIVO: A este regimen pertenecen las personas que tiene una relacion laboral en el sector Publico y Privado, trabajadores independiente

                        con capacidad de pago, pensionados, jubilados.

 

SUBSIDIADO: A este regimen pertenecen la poblacion de menores ingresos y sin capacidad de pago de los servicis de salud.

 

TRAMITE DE AFILIACION: En el regimen contributivo, para quienes tienen un relacion laboral o capacidad de pago en el sector Publico y Privado,   podran afiliarse a cualquier entidad promotora de salud (EPS).

 

En el regimen subsidiado, las mpeersona sin capacidad de pago y la poblacion que sze encuentra en zonas rurales y estos deberan buscar una entidad para inscribirse, sera una empresa promotora de salud o una empresa solidaria de salud o empresa social del Estado.

 

Las Entidades Promotoras de Salud expedira un carnet de afiliacion del regimen contributivo o subsidiado, el cual sera el numero de la cedula de ciudadania, el Ministerio de la Proteccion Social define las caracteristicas.

 

La afiliacion podra ser colectiva o individual a traves del empleador, el afiliado no perdera el Derecho a elegir o trasladarse entre Entidades Promotora de Salud.

 

La Superintendencia Nacional de Salud autoriza la afiliacion colectiva.

 

La afiliacion a la Emtidades Promotoras de Salud en el regimen contributivo es libre y voluntaria por afiliado.

 

Las persona vinculadas laboralmente informara al empleador por escrito la seleccion de la EPS, tambien lo hara al momento de trasladarse para que el empleador realice las cotizaciones.

 

Seleccionada la EPS el empleador cumplira con la obligacion de afiliarlo, el formulario debera ser original mas dos (2) copias, la original para la Empresa Promotora de Salud, otra para el empleador y otra para el afiliado.

Mientras dure la relacion laboral no se podra desafiliar al trabajador ni los beneficiarios del servicios de salud, la empresa promotora de salud cobrara al empleador las cotizaciones en mora con recargos y las sanciones del caso.

 

TIEMPO PARA TRASLADARME: El termino para realizar un traslado sera dos (2) años. Si deseo trasladarme se realizara ante la EPS que deseo pertenecer, la copia sera entregada al empleador.

La nueva EPS informara a la antigua el traslado respectivo.

 

 

 

 

 



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